Aguinaldo: cómo, cuándo y dónde cobrás el sueldo anual complementario
Te explico claramente cómo se deposita el SAC, en qué momento suele acreditarse y qué tenés que mirar en recibo y movimientos de tu cuenta. Además, te señalo las posibles excepciones y dónde confirmar la normativa vigente.

El aguinaldo, o Sueldo Anual Complementario (SAC), es un derecho laboral clave en Argentina. Seguramente ya sabés que se paga en dos cuotas, pero a la hora de cobrarlo siempre surgen las mismas dudas: ¿cómo me lo pagan? ¿dónde tengo que ir a buscarlo? ¿hasta cuándo tienen tiempo de depositarlo?
Acá te vamos a explicar de forma simple y directa todo lo que necesitás saber sobre la forma y los plazos de pago para que tengas la información clara.
Cómo se paga el aguinaldo: las formas de cobro
La forma más común y extendida en que vas a cobrar el aguinaldo es a través de una transferencia bancaria a tu cuenta sueldo, la misma donde recibís tu salario todos los meses. La Ley de Contrato de Trabajo (N° 20.744) establece que las remuneraciones, incluido el aguinaldo, deben pagarse mediante depósito en una cuenta bancaria a nombre del trabajador.
Esto significa que no tenés que hacer ningún trámite extra ni ir a un lugar específico a cobrarlo. El monto correspondiente a cada cuota del SAC aparecerá acreditado directamente en tu cuenta.
¿Existen otras formas de pago?
Si bien el depósito bancario es la norma, la ley contempla algunas excepciones, aunque son muy poco frecuentes en la práctica para trabajadores registrados en relación de dependencia:
- Efectivo: Podría pagarse en efectivo, pero solo en situaciones muy específicas y justificadas, y generalmente para empleos no formalizados o regulados por estatutos especiales. Para un trabajador en blanco, lo habitual es el pago por banco.
- Cheque: Otra posibilidad es el pago con cheque a nombre del trabajador, para ser cobrado en ventanilla del banco. Al igual que el efectivo, es una modalidad muy poco habitual hoy en día.
En resumen, podés quedarte tranquilo: tu aguinaldo va a llegar al mismo lugar donde cobrás tu sueldo cada mes, sin que tengas que moverte.
Dónde se cobra el aguinaldo
Como te adelantamos, el aguinaldo se cobra en tu cuenta sueldo. No hay un lugar físico al que debas ir a reclamarlo. Una vez que tu empleador realiza el pago, vas a ver el dinero reflejado en el saldo de tu cuenta bancaria.
A partir de ese momento, podés disponer de él como lo hacés con tu salario habitual:
- Retirarlo en efectivo por cajero automático.
- Usar tu tarjeta de débito para hacer compras.
- Realizar transferencias a otras cuentas.
- Pagar servicios o la tarjeta de crédito desde el home banking.
El comprobante de que cobraste el aguinaldo quedará registrado tanto en tu recibo de sueldo como en los movimientos de tu cuenta bancaria. Tu empleador debe entregarte un recibo de sueldo donde el SAC figure como un concepto separado, detallando el monto bruto, los descuentos correspondientes y el neto que te depositaron.
Cuándo se cobra el aguinaldo: los plazos legales
La ley es muy clara respecto a las fechas límite que tiene tu empleador para pagar cada una de las dos cuotas del Sueldo Anual Complementario.
Primera cuota del aguinaldo
La primera mitad del aguinaldo se calcula sobre los salarios del primer semestre del año (enero a junio). La fecha de pago es el 30 de junio.
Sin embargo, la ley otorga un período de gracia de cuatro días hábiles. Esto quiere decir que tu empleador tiene tiempo de pagártelo hasta el cuarto día hábil posterior a esa fecha. Por ejemplo, si el 30 de junio es un viernes, el plazo se extenderá hasta el jueves de la semana siguiente.
Segunda cuota del aguinaldo
La segunda parte del SAC corresponde al segundo semestre (julio a diciembre). La fecha límite para este pago es el 18 de diciembre.
Al igual que con la primera cuota, también existe un período de gracia de cuatro días hábiles. Por lo tanto, tu empleador tiene tiempo para depositarlo hasta el cuarto día hábil después del 18 de diciembre.
Es importante recordar que estas son las fechas máximas. Nada impide que una empresa decida pagar el aguinaldo unos días antes, pero nunca después de finalizado ese período de gracia. Si el empleador se atrasa, entra en mora y el trabajador puede reclamar el pago.
Este artículo es solo para fines informativos y no constituye asesoramiento financiero, impositivo ni legal. Las normativas y valores pueden cambiar. Siempre verificá la información en fuentes oficiales o consultá con un profesional matriculado para tomar decisiones.
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