Deducción de indumentaria en Ganancias: requisitos y carga en SiRADIG
La deducción alcanza únicamente a prendas y elementos obligatorios, de uso exclusivo laboral y pagados por vos sin reintegro. Conocé qué comprobantes conservar, cómo cargarlos en SiRADIG y qué criterios aplica ARCA.

Si trabajás en relación de dependencia y tu salario sufre retenciones de cuarta categoría, sabés que cada gasto deducible alivia la base sobre la que tu empleador calcula el tributo. Dentro del formulario SiRADIG existe un rubro que suele generar dudas y no pocos reparos: los gastos por indumentaria y equipamiento de trabajo.
Cargar prendas o elementos laborales puede ser una alternativa válida para reducir la carga fiscal, pero el organismo recaudador (ARCA, anteriormente AFIP) mantiene un criterio estricto sobre qué compras califican y cuáles son rechazadas de plano. Para evitar inconsistencias o ajustes posteriores, es indispensable conocer exactamente qué exige la ley antes de enviar el comprobante.
Qué dice la normativa sobre esta deducción
El principio general de la Ley de Impuesto a las Ganancias (Texto Ordenado por Decreto 824/2019) fija en su artículo 83 que son deducibles los gastos necesarios para obtener, mantener y conservar las ganancias gravadas. Sin embargo, para los empleados en relación de dependencia, el marco reglamentario específico surge de la Resolución General AFIP 4003-E/2017 (y sus modificatorias), en particular en el Anexo II, Apartado D.
La norma establece que podés computar los importes abonados por la adquisición de indumentaria y equipamiento siempre que se cumplan condiciones muy precisas:
- Uso exclusivo en el lugar de trabajo: no debe tratarse de indumentaria susceptible de ser utilizada en la vida cotidiana.
- Carácter obligatorio: debe responder a una exigencia explícita de la tarea o de las normas de higiene y seguridad laboral.
- Falta de reintegro: deben ser bienes que correspondían ser provistos por el empleador (por convenio colectivo o usos y costumbres de la actividad), pero que compraste con tus fondos sin recibir reintegro alguno de la empresa.
Si tu empleador te devuelve el dinero de la compra contra factura, ese gasto queda neutralizado y no podés cargarlo en el sistema impositivo.
Quiénes pueden computarla y qué gastos se aceptan
Esta deducción alcanza a los trabajadores alcanzados por las retenciones del impuesto a las ganancias en cuarta categoría que debieron costear sus propias herramientas o ropa laboral obligatoria.
El punto crítico reside en la naturaleza del bien. ARCA divide claramente los conceptos aceptables de aquellos que considera gastos de consumo personal:
- Prendas e implementos que sí califican: calzado de seguridad con puntera de acero, botas de goma para planta industrial, mamelucos térmicos o ignífugos, guardapolvos médicos o de laboratorio, cascos, arneses de protección y uniformes específicos con isotipos o logotipos corporativos bordados que impiden su uso casual.
- Prendas que el fisco no admite: trajes, ambos, corbatas, camisas lisas, zapatos formales de vestir, carteras, portafolios o maquillaje. Aunque en tu empleo te exijan acudir con vestimenta formal o código de negocios ("business casual"), el organismo entiende que esas prendas sirven tanto dentro como fuera del trabajo y las cataloga como gasto personal no deducible.
- Equipamiento y tecnología: el criterio oficial excluye celulares, tablets, computadoras o dispositivos electrónicos comunes del rubro de indumentaria y equipamiento de uso exclusivo bajo este concepto, al considerarlos bienes sujetos a amortización o de uso mixto. Si incurrís en gastos vinculados al trabajo remoto, su tratamiento depende de las compensaciones reguladas por la ley de teletrabajo o acuerdos específicos con la empresa.
Tener presente cómo interactúan estas erogaciones con tu salario bruto es central; si querés profundizar en la estructura general del tributo, podés ver cómo se calcula el Impuesto a las Ganancias: paso a paso de la lógica tributaria.
Pasos para cargar el gasto en el formulario 572 Web
La carga no se realiza en papel ni ante el área de recursos humanos de manera manual, sino a través del servicio con clave fiscal en la web de ARCA:
- Entrá al portal oficial de ARCA con tu CUIT y Clave Fiscal.
- Ingresá al servicio SiRADIG - Trabajador.
- Seleccioná el período fiscal correspondiente y andá a la pestaña Carga de Formulario.
- Desplegá el menú Deducciones y desgravaciones y hacé clic en Agregar Deducciones y Desgravaciones.
- Elegí la opción Gastos de adquisición de indumentaria y equipamiento para uso exclusivo en el lugar de trabajo.
- Completá los datos del comprobante: fecha de emisión, tipo y número de factura (Factura B o ticket factura emitido a consumidor final o a tu nombre), CUIT del vendedor, descripción detallada del artículo y el importe total.
- Guardá los datos y, cuando tengas todas las novedades del período listas, andá a la sección Vista Previa para revisar la información y hacer clic en Enviar al Empleador.
Recordá que los comprobantes deben estar a tu nombre y coincidir con el período que estás declarando. Guardá las facturas electrónicas y los resúmenes de pago durante el plazo de prescripción impositiva, ya que ante una fiscalización es el contribuyente quien debe acreditar la indispensabilidad del gasto.
Para estar seguro de las fechas límites en las que tu empleador debe procesar estos comprobantes antes de la liquidación anual, revisá cuándo se presenta el SiRADIG: plazos y periodicidad.
Criterios de control y precauciones fiscales
A diferencia de rubros como los seguros de vida o los gastos educativos, la deducción de indumentaria no cuenta con un tope nominal fijo en pesos en el texto de la resolución, pero eso no significa que el monto sea ilimitado en la práctica. La procedencia se rige por la razonabilidad económica y la correspondencia directa con la función desempeñada.
ARCA cruza de forma automatizada las actividades declaradas por el empleador (código de actividad económica) con las facturas que los empleados suben al SiRADIG. Si un analista administrativo carga compras reiteradas en casas de ropa urbana genérica o indumentaria deportiva que no guarde relación directa con su tarea habitual, el sistema puede marcar la inconsistencia, impugnar el gasto en la liquidación anual de tu agente de retención y reclamar las diferencias del impuesto más los intereses correspondientes. Antes de cargar cualquier recibo, asegurate de que el artículo sea exclusivamente de uso laboral, insustituible y exigido para tus tareas diarias.
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